AXIOMA AGRIMENSURA

Plano de Subdivisión en Propiedad Horizontal

División de un inmueble en unidades funcionales bajo el régimen de propiedad horizontal en Provincia de Buenos Aires.

Consultá por Plano de Subdivisión

La subdivisión catastral crea parcelas independientes; la propiedad horizontal divide un inmueble en unidades funcionales. Son alternativas distintas. La opción aplicable depende de las características del inmueble y de la normativa correspondiente.

Si buscás dividir un terreno en parcelas independientes, consultá la página de Plano de Mensura. Para una consulta sobre PH, indicá la ubicación del inmueble para confirmar el alcance del trabajo.

¿Cómo puedo dividir un terreno urbano en Provincia de Buenos Aires?

Existen dos alternativas para dividir una parcela urbana:

Plano de Mensura Subdivisión catastral que crea parcelas independientes con nomenclatura propia. Requiere visación municipal y aprobación de ARBA.

Subdivisión en PH Divide el inmueble en unidades funcionales bajo régimen de propiedad horizontal. Cada unidad tiene título propio.

¿Qué es la propiedad horizontal?

La propiedad horizontal es el derecho real sobre un inmueble propio, con partes privativas (exclusivas de cada dueño) y partes comunes del edificio (Art. 2037 del Código Civil y Comercial).

Partes propias

Son los departamentos, pisos, locales, oficinas, bauleras y cocheras de propiedad exclusiva de cada dueño.

Partes comunes

El resto del edificio que no es de propiedad exclusiva: hall de entrada, escaleras, pasillos, ascensores, terraza, sótano, salón de usos múltiples, pileta y vivienda del encargado. La terraza o el sótano pueden ser de uso exclusivo de un propietario si hay acuerdo del consorcio.

¿Qué profesionales intervienen en una subdivisión en PH?

  1. MMO, Arquitecto o Ingeniero — Realiza el plano de obra/municipal actualizado del inmueble.
  2. Agrimensor o Ing. Agrimensor — Confecciona el plano de subdivisión en propiedad horizontal.
  3. Escribano — Redacta el reglamento de propiedad horizontal (Art. 2038 del Código Civil y Comercial).
  4. Propietario o gestor — Gestiona la apertura de partidas municipales en el municipio correspondiente.

¿Qué documentación necesito para un plano de subdivisión en PH?

Para iniciar el trámite necesitás tener:

Título de propiedad

El interesado debe figurar como titular en el Registro de la Propiedad

Nota de conformidad

Si los titulares son varios, todos deben autorizar la división

Plano de obra/municipal actualizado

Realizado por un MMO, Arquitecto o Ingeniero con incumbencias

DNI del comitente

Documento del titular o apoderado

Importante: si el plano de obra/municipal no está actualizado o no refleja la realidad del inmueble, es necesario actualizarlo antes de iniciar la subdivisión. Podemos cotizarte la actualización indicándonos la superficie que falta declarar.

¿Se puede subdividir un proyecto a construir?

Sí. Es posible realizar un plano de subdivisión de un proyecto a construir o en construcción. En estos casos es necesario contar con el plano de obra del edificio a construir aprobado por el municipio.

Para consultas o cotizaciones sobre proyectos, podés escribirnos por WhatsApp o al correo [email protected] con los detalles del proyecto.

¿Cuánto cuesta un plano de subdivisión en PH?

Los honorarios están regulados por el Consejo Profesional de Agrimensura y varían según la cantidad de unidades funcionales, la superficie del inmueble y la complejidad del trabajo. Consultá sin compromiso:

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Profesional a cargo

  • Matrícula CPA N°2911 (Distrito VIII)
  • Matrícula CPAJN N°3639 · Matrícula catastro DGROC - CABA N°4465

Seguimiento de trámites en ARBA — Consulta por partido, partida y profesional

Referencias normativas — Propiedad Horizontal

Artículo 2037 — Concepto

La propiedad horizontal es el derecho real que se ejerce sobre un inmueble propio que otorga a su titular facultades de uso, goce y disposición material y jurídica que se ejercen sobre partes privativas y sobre partes comunes de un edificio, de conformidad con lo que establece este Título y el respectivo reglamento de propiedad horizontal.

Las diversas partes del inmueble así como las facultades que sobre ellas se tienen son interdependientes y conforman un todo no escindible.

Artículo 2038 — Constitución

A los fines de la división jurídica del edificio, el titular de dominio o los condóminos deben redactar, por escritura pública, el reglamento de propiedad horizontal, que debe inscribirse en el registro inmobiliario.

Reglamento de copropiedad

Es una escritura pública que describe cada uno de los departamentos y detalla las partes comunes del edificio. En el reglamento se establecen las pautas de organización y convivencia: tenencia de animales, actividades profesionales, horarios de fiestas, etc.

También consta la designación del administrador, sus facultades, obligaciones y el período de ejercicio.

El reglamento puede modificarse con el voto de las dos terceras partes de los propietarios.

Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación — Título V, Propiedad Horizontal.

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